Nadie está exento de verse involucrado como víctima de un delito o de ser acusado de haberlo cometido. Sea como sea, es imprescindible distinguir de qué tipo de delito estamos hablando (delito leve o grave), ya que varían muchos factores en cada uno.
En nuestro despacho de abogados especialistas en juicios por delitos leves, te asesoraremos en cualquiera que sea el delito de este tipo que hayas padecido o por el que se te esté acusando.
¡Somos especialistas en derecho penal en Alicante y te asistiremos en cualquier circunstancia!
JUICIO POR DELITOS LEVES
Clasificación Por delitos
La reforma del Código Penal del año 2015 incluyó algunas novedades, como la de la desaparición de las llamadas faltas del Código Penal: dejaron de estar tipificadas, pero no desaparecieron los castigos por estos delitos.
Por ello, se legisló clasificando los delitos como graves, menos graves o leves, en función de la gravedad del hecho.
Varias de esas conductas definidas como faltas en el Código Penal anterior, se convirtieron en administrativamente sancionables.
La vigente clasificación de delitos se encuentra en el Artículo 13 del Código Penal:
1.- Se llaman delitos graves aquellos que la Ley sanciona con pena grave.
2.- Se llaman delitos menos graves aquellos que la Ley sanciona con pena menos grave.
3.- Se llaman delitos leves aquellos que la Ley sanciona con pena leve.
Lo que perseguía esta reforma es sancionar la reincidencia y castigar a aquellos que delinquen de modo incorregible. Por ello, crecen las penas de delitos como la vulneración de la propiedad intelectual.
Para ser conscientes de hasta qué punto son más severos los castigos para esos delitos, solo tenemos que atender al hurto que se califica como delito leve.
Con una cifra menos a los 400€ de hurto, la sanción sería de uno a tres meses, siempre y cuando no se trate de uno de los 9 supuestos del articulo 235.
¿Qué Son los Delitos Leves?
Son infracciones castigadas por la Ley con pena leve y que resultan de acciones u omisiones, no tan graves como las comprendidas por los delitos. La Ley del 2015 suprimió las antiguas faltas y se sustituyeron por delitos leves.
Algunas de las anteriormente llamadas faltas fueron despenalizadas y convertidas en simples infracciones administrativas. Por ejemplo, los insultos no graves entre personas con nexo de parentesco.
Desde nuestro despacho de abogados en Alicante te recordamos que, a diferencia de las antiguas faltas, los delitos leves sí conllevan antecedentes penales.
Es importante tenerlo en cuenta para proceder al borrado de estos, todo esto cuando se hayan cumplido los requisitos legales para poder hacerlo.
El borrado de antecedentes penales es de gran importancia cuando se pida a una persona certificación penal, para así poder presentarse a oposiciones o trabajar en la administración pública.
El tema de los antecedentes penales es un asunto que provoca mucha confusión entre los ciudadanos sin conocimientos legales.
Uno de los temas más recurrentes es cuándo o cómo se pueden cancelar los antecedentes de los delitos leves. ¡Esto depende de la pena impuesta por el delito!
Para los delitos leves deben pasar 6 meses desde que la pena haya sido extinguida y siempre y cuando el condenado no haya vuelto a delinquir.
¿Se puede ir a Prisión por Delitos Leves?
La respuesta es NO. Los delitos leves nunca conllevan condenas de privación de libertad.
Las sanciones que suele acarrear la comisión de delitos leves son penas de multa de corta duración, trabajos para la comunidad y algunas prohibiciones especiales como ordenes de alejamiento del condenado con respecto a la víctima.
Una vez hemos visto que los delitos leves no llevan a prisión, vamos a comprobar las sanciones que recoge el Artículo 33.4 del Código Penal para los delitos leves:
- Por ciertos delitos es posible privar de la conducción de vehículos a motor y/o ciclomotores.
- Las penas irán de los tres meses al año.
- Es posible que se sentencie la prohibición de portar y tener armas bajo pena de tres meses a un año.
- Puede imponerse condena de inhabilitación especial para el ejercicio de determinada profesión oficio o comercio, en relación con los animales y la tenencia de estos. Las penas van de los tres meses al año.
- Se puede imponer la privación de acudir o residir en determinados sitios, durante menos de seis meses.
- Se puede decidir prohibir a una persona el acercarse a una determinada distancia de la víctima, familiares o terceros que decida el juez, con penas de uno a seis meses.
- También recoge penas de multas hasta tres meses, la obligación de estar localizado de forma permanente de un día a tres meses o los trabajos en beneficio a la comunidad con duración de uno a treinta días.
SOMOS EXPERTOS
Tipos de Delitos leves
Nuestros abogados especialistas en derecho penal le asistirán ante cualquier juicio por delito leve. Es interesante conocer cuáles son esos delitos y las penas que conllevarían según el Código Penal:
Delitos Contra las Personas
¿Qué es el delito contra las personas? ¿Cómo lo define la ley? El delito contra las personas es un tipo de delito que consiste en causar a otro una lesión no incluida en el código penal.
Delitos Sobre la Protección de Animales
Los delitos sobre la protección de animales esta recogido en el Articulo 337.4 donde refleja que quienes maltraten cruelmente a los animales domésticos o a cualquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, serán castigados con una pena de multa de uno a seis meses. Asi como tambien, quien abandone a un animal de los mencionados en el apartado 1 del articulo 337 bis en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una de multa de uno a seis meses.
Delitos Contra La Inviolabilidad del Domicilio
El delito de allanamiento del domicilio se considera castigado con la pena de multa de uno a tres meses. Si eres victima o has sido acusado es importante que conozcas tus derechos y lo que puedes hacer para protegerte.
Delitos por Falsedades
Los delitos por falsedades tales como el uso de monedas falsas de un valor aparente no superior a 400€, del Articulo 386.3 implica que el que habiendo recibido de buena fe una moneda falsa, la expenda o distribuya después de constarle su falsedad será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a veinticuatro meses. No obstante, si el valor aparente de la moneda no excediera de los 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses. Por otro lado, el uso o distribución de sellos de correos falsos cuyo valor no sea mayor a 400€ se podrá castigar con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a veinticuatro meses.
Delitos Patrimoniales y Económicos
El delito por hurto puede conllevar una pena de multa de uno a tres meses siempre que la cuantía de lo sustraído no supere los 400€.
Delitos Contra el Orden Publico
Las faltas de respeto y de la consideración debida a la autoridad están registradas en el articulo 556. Donde dictamina que se castigara con penas de multa de uno a tres meses. Asi mismo, se incluyen otros delitos tales como el homicidio por imprudencias menos graves, lesiones por imprudencias menos graves, la detención ilegal de una persona para presentarla a la autoridad.
Tipos de juicios por delitos leves
Nuestros abogados especialistas en juicios por delitos leves ofrecen un servicio de asistencia integral en estos casos. Para ello, vamos a conocer cuáles son esos tipos de juicios que existen para los delitos leves.
Para que se produzca un proceso judicial que tenga que ver con la comisión de un delito leve, es imprescindible que haya una denuncia o querella que será la que dé comienzo al proceso.
El afectado es el que denuncia ante la Policía, la cual dejará constancia por escrito redactando el atestado de acuerdo con lo que haya declarado el denunciante. Será el juez al que se le traslade la denuncia, el que califique o no el delito como leve.
Atendiendo al derecho procesal, se distingue entre la forma en un delito leve es juzgado. De este modo nos encontraremos con delitos leves que puedan ser juzgados de inmediato y otros donde no será posible.
Los delitos que se pueden juzgar de forma inmediata son los relacionados con:
Lesiones, injurias, maltrato, amenazas, coacciones o hurto flagrante.
En estos casos, tanto el señalamiento del juicio oral como las citaciones, serán llevadas a cabo por la Policía.
El resto de los delitos serán transmitidos a través del juez mediante el atestado policial que se le remitirá, o por medio de denuncia escrita que el afectado presente en el juzgado.
En esta ocasión será el juzgado quien se ocupe de fijar el juicio oral y enviar las citaciones. Si fuera posible, el juicio oral se celebraría durante el mismo servicio de guardia, y como máximo, en el plazo de una semana.
Si estás involucrado en un delito leve, nuestros abogados penalistas de Alicante especializados en juicios de delitos leves te darán el mejor asesoramiento legal.
Procedimientos para los delitos leves
El procedimiento comienza, como decíamos, a partir de la denuncia por parte de la persona agraviada. El trámite es realizado por órgano judicial al que corresponda el tema y señala una fecha para la celebración del juicio por delito leve.
A la fecha del juicio se celebrarán en unidad de acto todos los medios de prueba que se hayan podido recopilar, dictándose a continuación la sentencia que corresponda y que solo será recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial correspondiente.
En cualquier caso, los delitos leves se tramitan por un procedimiento similar al de las antiguas faltas, conforme a los artículos 962 a 977 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competentes los Juzgados de Instrucción y los de Violencia sobre la mujer.
Hay unas pequeñas novedades para adaptar el juicio a las características de los delitos leves: se introducen ciertos delitos para juicio rápido como amenazas, injurias y coacciones, se permiten notificaciones mediante correo electrónico y se hace posible el sobreseimiento cuando no exista interés público en perseguir el hecho.
Plazos de prescripción de los delitos leves
Una de las cuestiones que nuestros abogados tratan de forma prioritaria es el de la prescripción de los delitos leves.
El Tribunal Supremo ha dictaminado que la existencia de la prescripción en Derecho Penal se basa en que, aunque la pena sea necesaria para la existencia, el trascurso de un plazo razonable.
Un tiempo entre la comisión del delito sin que se haya castigado al delincuente, hace que la pena ya no pueda cumplir sus finalidades de prevención general y especial e incluso puede ser contraria al objetivo resocializador de la sanción, por lo que la prescripción extingue la responsabilidad penal.
La naturaleza de esta extinción del ius puniendi del estado, de la acción para la ejecución de la condena, es la de una prescripción. No hablamos de caducidad, sino de prescripción.
Los plazos no se suspenden ni acumulan, sino que se interrumpen, volviendo a contar desde cero cuando se produce un hecho que lo interrumpa.
Los delitos leves conllevan antecedentes penales hasta 6 meses después de la extinción de la pena, a diferencia de las falta, que no implicaban antecedentes.
El seguimiento del delito leve requiere denuncia y algunos se castigan con una pena más elevada que las antiguas faltas.
Estos delitos leves no conllevan penas de prisión con algunas excepciones.
Aunque las faltas prescribían a los seis meses, los delitos leves prescriben en un año.
El Código Penal señala en su Artículo 131 los plazos de prescripción y señala el plazo de prescripción para los delitos leves en un año.
El Tribunal Supremo ha dictaminado que la existencia de la prescripción en Derecho Penal se basa en que, aunque la pena sea necesaria para la existencia, el trascurso de un plazo razonable.
Un tiempo entre la comisión del delito sin que se haya castigado al delincuente, hace que la pena ya no pueda cumplir sus finalidades de prevención general y especial e incluso puede ser contraria al objetivo resocializador de la sanción, por lo que la prescripción extingue la responsabilidad penal.
La naturaleza de esta extinción del ius puniendi del estado, de la acción para la ejecución de la condena, es la de una prescripción. No hablamos de caducidad, sino de prescripción.
Los plazos no se suspenden ni acumulan, sino que se interrumpen, volviendo a contar desde cero cuando se produce un hecho que lo interrumpa.
Los delitos leves conllevan antecedentes penales hasta 6 meses después de la extinción de la pena, a diferencia de las falta, que no implicaban antecedentes.
El seguimiento del delito leve requiere denuncia y algunos se castigan con una pena más elevada que las antiguas faltas.
Los delitos leves no conllevan penas de prisión con algunas excepciones.
Aunque las faltas prescribían a los seis meses, los delitos leves prescriben en un año.
El Código Penal señala en su Artículo 131 los plazos de prescripción y señala el plazo de prescripción para los delitos leves en un año.
Diferencias entre juicio por delito leve y juicio rápido
Nuestros abogados especialistas en derecho penal en Alicante, son conscientes de que existen muchas dudas a la hora de distinguir entre juicios por delito leve y juicios rápidos.
El juicio rápido es un procedimiento establecido por la Ley, referido a procedimientos especiales. Es aplicado para delitos que se castigan con pena privativa de libertad que no mayor a los 5 años, o cualquier otra sanción de naturaleza distinta, independientemente de su duración y cuantía.
Por otro lado, la tramitación de los delitos leves debe ajustarse a lo previsto en el Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En nuestro despacho de abogados en Alicante le ayudaremos, ya que somos especialistas con mucha experiencia en juicios rápidos y Derecho Procesal Penal.
La diferencia más importante que existe entre juicios por delitos leves y juicios rápidos es el ámbito de aplicación.
Mientras el juicio de delitos leves se aplica en los casos donde el Código Penal prevé una pena leve, el juicio rápido se aplica ante ciertas penalidades y condiciones:
Juicio de delito leve
- Privación del derecho de conducir vehículos y ciclomotores y a tenencia y porte de armas.
- Inhabilitación para el ejercicio de profesiones con animales y de su tenencia.
- Prohibición de acercamiento y comunicación por personas y trabajos en beneficio de la comunidad.
Juicio rápido
- Pena privativa de la libertad que no exceda de cinco años con cualquier otra conjunta o alternativa cuya duración no exceda los diez años, que el proceso penal haya comenzado en virtud de atestado policial.
- Que la fuerza policial haya detenido a una persona y la haya puesto a disposición del juzgado de guardia. En su defecto, que la persona haya sido citada para comparecer ante el Juzgado de Guardia en calidad de denunciado en el atestado policial.
Aparte, se debe concurrir al menos una de estas tres circunstancias:
- Que le delito sea flagrante
- Que sea un hecho punible cuya instrucción sea presumiblemente sencilla
- Que el delito se incluya en el Artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La ley determina también que se aplicará cuando sea uno de estos delitos:
* Lesiones, coacción, amenazas, violencia física o psíquica habitual contra personas unidas por vínculos familiares o afectivos según lo referido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Hurto simple, agravado o impropio siempre que se cumplan los requisitos previstos en el artículo 795.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- Robo. Hurto y robo de vehículos. Contra la seguridad del tráfico. Daños referidos en el artículo 263 del Código Penal. Delitos contra la salud pública. Delitos flagrantes relativos a la propiedad intelectual e industria.
El procedimiento en el caso de juicio por delito leve es una adaptación del anterior juicio de faltas:
- No se prevé fase de instrucción, es decir, que se pasa directamente a la celebración del juicio oral, se desarrolla en una única comparecencia ante el juez y, si corresponde, la presencia del Ministerio Fiscal.
- En un único acto se toma declaración, se practica la prueba, se formulan las conclusiones y finalizado el juicio, el juez dicta la sentencia.
En conclusión, hemos explicado qué son los delitos leves, qué tipos hay, qué penas conllevan y cómo es un juicio por delito leve.
No dudes en acudir a nuestro despacho de abogados, con amplia experiencia y especialización en derecho penal y juicios por delitos leves.